BREXIT y Acuerdo de Transporte aéreo entre UE y UK
- Gema Díaz Rafael

- 26 abr 2020
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 24 may 2023
UK publica borradores de documentos bajo el título The Future Relationship with the EU: the UK’s Approach to Negotiations
El 19 de mayo 2020, UK ha publicado un borrador de documento por el que se establece una aproximación de las negociaciones respecto a la relación con la Unión Europea y UK en cuanto al Brexit.
Entre las cuestiones objeto de negociación relativas al sector aeronáutico se establece:
- Un borrador de Acuerdo de Transporte Aéreo (Air Transport Agreement) en el que se determina lo siguiente:
-Designación y autorización a compañías aéreas británicas: El borrador define que una compañía aérea es considerada como “designada” por UK si cumple los siguientes requisitos:
(i) Es constituida y tiene su establecimiento principal en territorio de UK y su licencia de explotación es otorgada con respecto a la legislación aplicable de UK;
(ii) UK mantiene el control regulatorio de la compañía
-Derechos concedidos a UK y a la UE
Bajo el borrador, a cada parte se le concederá el derecho a:
(i) Usa el espacio aéreo de cada una para sobrevuelo
(ii) Hacer paradas que no sean para tráfico aéreo
(iii) Realizar vuelos programados y no programados de pasajeros y de carga, separados o en combinación, sin limitación a su capacidad o frecuencia, entre ambos puntos dentro de la Unión Europea y en territorio de UK.
- Un borrador de Acuerdo de Seguridad (Civil Aviation Safety Agreement)
Establece el marco legal para la cooperación y la asistencia mutua entre UK y la UE, mientras se asegura la persistencia de la autoridad regulatoria de cada parte. En este sentido, la propuesta de borrador de los Anexos al Acuerdo incluye cláusulas relativas a la implementación de la cooperación en las siguientes aéreas: aeronavegabilidad y mantenimiento aeronáutico.







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